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Resumen de la sesión por desalojos en Diputados

05/11/2026

Resumen de la sesión por desalojos en Diputados

Accedé a la versión taquigráfica en este enlace

El 21 de octubre de 2026, la Cámara de Diputados trató el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que había obtenido media sanción en el Senado.

La iniciativa original del Poder Ejecutivo comprendía diferentes reformas. El texto que llegó al recinto de Diputados contenía cuatro capítulos:

  1. Modificaciones a la Ley de Expropiaciones (21.499) y a la Ley de Regularización Dominial (24.374).
  2. Modificaciones al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y al Código Civil y Comercial de la Nación, referidas a los desalojos.
  3. Modificaciones al régimen del Registro de la Propiedad Inmueble.
  4. Restablecimiento de la vigencia de la Ley de Tierras Rurales (26.737).

El debate sobre los desalojos se concentró especialmente en el segundo capítulo, que propone acelerar los procedimientos judiciales para recuperar inmuebles y modifica las condiciones para iniciar y tramitar las acciones de desalojo.

La discusión enfrentó dos posiciones:

  • A favor: la reforma permitiría recuperar más rápidamente los inmuebles ocupados, proteger a los propietarios y reducir los perjuicios económicos derivados de los procesos judiciales prolongados.
  • En contra: la reforma debilitaría las garantías de los inquilinos, facilitaría desalojos de familias en situación de vulnerabilidad y reduciría las posibilidades de defensa y de intervención judicial ante situaciones sociales complejas.

La cuestión central del debate fue si la agilización de los desalojos puede realizarse sin comprometer el derecho a la vivienda y las garantías del debido proceso.

Diputados aprobó el proyecto en general por 124 votos afirmativos, 119 negativos y 6 abstenciones. El capítulo II, correspondiente a los desalojos, también fue aprobado en particular. Como hubo modificaciones al texto recibido del Senado, la iniciativa volvió a la Cámara alta para su revisión.

Lo que se aprobó en materia de desalojos

El capítulo II comprende los artículos 12 a 23 del proyecto aprobado por Diputados. Modifica el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y el Código Civil y Comercial de la Nación.

Los principales cambios son los siguientes:

Juicio sumarísimo para los desalojos

Se establece que las acciones de desalojo de inmuebles urbanos y rurales tramiten mediante un juicio sumarísimo, es decir, el procedimiento judicial más abreviado previsto por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

El objetivo es reducir los tiempos que demanda actualmente la recuperación de un inmueble.

Este es uno de los aspectos centrales de la reforma: la aceleración del procedimiento deja de ser una posibilidad dependiente de las circunstancias de cada caso y pasa a ser la regla establecida para las acciones de desalojo.

Ampliación de los sujetos alcanzados

La reforma contempla acciones contra locatarios, sublocatarios, tenedores precarios, intrusos y otros ocupantes cuyo deber de restituir el inmueble sea exigible.

La discusión parlamentaria giró, precisamente, alrededor de si esta amplitud puede terminar colocando en situaciones procesales semejantes a personas que se encuentran en condiciones jurídicas y sociales muy diferentes.

Restitución anticipada del inmueble

El proyecto incorpora mecanismos que permiten solicitar la restitución inmediata del inmueble durante el proceso judicial, bajo determinadas condiciones.

La discusión sobre este punto se relaciona con la posibilidad de que el propietario recupere la tenencia antes de que exista una sentencia definitiva.

Uno de los elementos cuestionados es la utilización de la caución juratoria, que consiste en una declaración jurada del solicitante en lugar de una garantía patrimonial. En otras palabras, el juez, en lugar de exigirle al propietario que deposite dinero en una cuenta judicial para cubrir potenciales daños, le acepta una declaración jurada donde firmando se hace responsable si llega a demostrarse que actuó de mala fe.

Protección de personas en situación de vulnerabilidad

El texto incorpora previsiones específicas para los casos en los que existan:

  • Niños, niñas y adolescentes.
  • Personas con discapacidad.
  • Adultos mayores en situación de desamparo.

En esos supuestos, se prevé la intervención obligatoria de los organismos de protección y del Ministerio Público Tutelar antes de ejecutar el desalojo.

También se establece un plazo que no podrá superar los diez días para procurar una alternativa habitacional transitoria.

La caución juratoria queda limitada a los casos en que el derecho del actor resulte inequívoco y no se comprometan derechos de terceros ocupantes de buena fe.

Prueba y procedimiento

La reforma restringe los medios probatorios en determinados juicios de desalojo, especialmente los vinculados con la falta de pago o el vencimiento del contrato, en los que se contempla la prueba documental y pericial.

También incorpora disposiciones sobre notificaciones, identificación de ocupantes y ejecución del lanzamiento, incluyendo facultades para el oficial de Justicia.

Modificación del régimen de intimación por falta de pago

Para los inmuebles destinados a vivienda, se establece que el propietario deberá intimar fehacientemente al inquilino antes de iniciar una demanda de desalojo por falta de pago.

El plazo para cancelar la deuda no podrá ser inferior a diez días corridos desde la recepción de la intimación.

Este punto es particularmente importante porque vincula la reforma del procedimiento judicial con las relaciones entre propietarios e inquilinos.

Argumentos de los diputados a favor de la reforma

Santiago Santurio – La Libertad Avanza

Intervención: páginas 34 a 36 de la versión taquigráfica.

El miembro informante defendió la reforma desde una concepción de la propiedad privada como un derecho fundamental que debe ser protegido frente a las ocupaciones ilegítimas.

Sus principales argumentos fueron:

  • El propietario debe poder recuperar rápidamente un inmueble que ha sido ocupado ilegalmente.
  • La demora judicial impide que los propietarios puedan disponer de sus bienes.
  • La incertidumbre sobre la posibilidad de recuperar una propiedad desalienta la oferta de inmuebles en alquiler.
  • La política habitacional no puede justificarse mediante la violación del derecho de propiedad.
  • La protección de la propiedad privada generaría mejores condiciones para la inversión y el desarrollo del mercado inmobiliario.

Santurio planteó además que la ocupación de inmuebles no puede convertirse en una forma de resolver el problema habitacional.

Su posición parte de considerar que el respeto al derecho de propiedad también beneficia indirectamente a quienes buscan acceder a una vivienda, porque promueve la disponibilidad de inmuebles para alquiler.

Martín Yeza / diputado del PRO que defendió el proyecto: restitución en menos de 60 días

Intervención: página 80 de la versión taquigráfica.

El diputado que defendió específicamente el capítulo de desalojos sostuvo que el proyecto permitiría recuperar una propiedad en menos de sesenta días.

El argumento se construyó alrededor de los pequeños propietarios, especialmente jubilados que alquilan una vivienda para complementar sus ingresos.

Según esta posición, los procesos judiciales prolongados pueden provocar que una persona pierda durante años la posibilidad de utilizar o alquilar un bien que representa una parte importante de sus ahorros.

También sostuvo que la reforma contempla situaciones de vulnerabilidad y que el Estado debe asumir un papel de protección social sin trasladar sus costos a los propietarios particulares.

Patricia Vásquez – La Libertad Avanza

Intervención: páginas 87 a 89 de la versión taquigráfica.

Vásquez defendió la reforma desde su experiencia profesional y desde la perspectiva de los propietarios que no consiguen recuperar sus inmuebles.

Sus argumentos principales fueron:

  • Existen propietarios que esperan años para recuperar una propiedad.
  • Los procedimientos actuales permiten que se utilicen recursos y maniobras para demorar los desalojos.
  • Los pequeños propietarios también necesitan protección jurídica.
  • La reforma contempla mecanismos de protección para niños, personas con discapacidad y adultos mayores.
  • La intervención de los organismos de protección y la búsqueda de alternativas habitacionales permiten compatibilizar el derecho de propiedad con la atención de situaciones de vulnerabilidad.

La diputada sostuvo que no se trata de enfrentar a propietarios e inquilinos, sino de garantizar el cumplimiento de la Constitución.

Nicolás Mayoraz – La Libertad Avanza

Intervención: páginas 92 y 93 de la versión taquigráfica.

Mayoraz defendió el procedimiento sumarísimo y cuestionó las objeciones formuladas por la oposición.

Entre sus argumentos:

  • En la provincia de Buenos Aires se habrían registrado más de 17.000 usurpaciones durante 2020-2021.
  • La derogación de la Ley de Alquileres habría incrementado la oferta de inmuebles y reducido los precios.
  • El inquilino moroso no es lo mismo que el usurpador y, según sostuvo, la reforma contempla esa distinción.
  • El procedimiento se apoya en los principios de buena fe, prohibición del abuso y defensa de la propiedad privada.

Argumentos de los diputados en contra de la reforma

Diego Giuliano – Unión por la Patria

Intervención: páginas 37 a 41 de la versión taquigráfica.

Giuliano cuestionó el endurecimiento del régimen de desalojos y sostuvo que la reforma acelera los lanzamientos sin presentar información empírica suficiente que justifique la necesidad de esos cambios.

Sus principales objeciones fueron:

  • No se presentaron datos suficientes sobre la cantidad de inmuebles ocupados.
  • Tampoco se aportaron estadísticas sobre la duración de los procesos judiciales de desalojo.
  • La sustitución de garantías patrimoniales por cauciones juratorias podría generar situaciones irreversibles ante errores judiciales.
  • La imposición de procedimientos sumarísimos mediante legislación nacional podría invadir competencias procesales provinciales.

Como ejemplo de los riesgos de una restitución anticipada, mencionó el caso de Maricarmen, una mujer de 87 años desalojada en España que, según su exposición, falleció antes de poder regresar a su vivienda después de que la Justicia reconociera el error.

Su argumento central es que la protección de la propiedad privada no justifica debilitar las garantías procesales ni desconocer las competencias provinciales.

Paula Penacca – Unión por la Patria

Intervención: páginas 85 a 87 de la versión taquigráfica.

Penacca desarrolló una de las críticas más directamente vinculadas con la situación de los inquilinos.

Sostuvo que la reforma genera una situación de mayor debilidad para quienes alquilan y que el problema no puede analizarse exclusivamente desde el derecho de propiedad.

Sus principales argumentos fueron:

  • Los alquileres representan uno de los gastos más importantes de los hogares.
  • El deterioro de los ingresos y la pérdida de empleo incrementan las dificultades para cumplir con los pagos.
  • El procedimiento sumarísimo reduce las posibilidades de intervención judicial frente a situaciones sociales complejas.
  • La eliminación de medios de prueba distintos de los documentales perjudicaría especialmente a los inquilinos informales.
  • La reforma puede terminar tratando de manera semejante a quien se atrasa en el pago del alquiler y a quien ocupa ilegalmente una vivienda.

Penacca cuestionó particularmente que un propietario que debe esperar diez días por el pago de un alquiler pueda terminar disponiendo de herramientas judiciales similares a las previstas para recuperar un inmueble ocupado ilegalmente.

También señaló que los desalojos deben contemplar el derecho a la vivienda y las circunstancias económicas de las familias.

Juan Carlos Moyano – Unión por la Patria

Intervención: páginas 52 y 53 de la versión taquigráfica.

Moyano cuestionó la reforma por considerar que el derecho de propiedad se presenta como un derecho absoluto, sin armonizarlo adecuadamente con otros derechos constitucionales.

Señaló que la aceleración de los desalojos se produce en un contexto de:

  • Crisis habitacional.
  • Deterioro de los salarios y las jubilaciones.
  • Pérdida de puestos de trabajo.
  • Aumento del endeudamiento familiar.

También cuestionó la utilización de la caución juratoria y la posibilidad de que las familias sean desalojadas sin suficientes garantías frente a errores judiciales.

Myriam Bregman – Frente de Izquierda

Intervención: páginas 145 a 148 de la versión taquigráfica.

En su intervención, Bregman cuestionó que la reforma fortalezca la posición de los propietarios y debilite las garantías de las familias que ocupan viviendas.

Vinculó el problema de los desalojos con la concentración de la propiedad inmobiliaria y la especulación financiera.

También utilizó el caso de Maricarmen para advertir sobre las consecuencias irreversibles que pueden producirse cuando se ejecuta un lanzamiento antes de que se resuelvan adecuadamente las controversias judiciales.

Romina Del Plá – Frente de Izquierda

Intervención: páginas 148 y 149 de la versión taquigráfica.

Del Plá cuestionó la reforma en el marco de la crisis habitacional y sostuvo que los desalojos exprés no están orientados a proteger a los pequeños propietarios, sino que pueden favorecer a los grandes actores del mercado inmobiliario.

También vinculó la discusión con el déficit habitacional y la existencia de viviendas desocupadas mientras aumenta la cantidad de personas que viven en la calle.

Maximiliano Ferraro – Coalición Cívica

Intervención: páginas 259 a 261 de la versión taquigráfica.

Ferraro cuestionó que se aceleren los procedimientos de desalojo sin abordar los problemas estructurales del funcionamiento de la Justicia Civil.

Señaló que reducir de quince a cinco días el plazo para contestar una demanda no resuelve necesariamente las demoras judiciales. Según su exposición, los tiempos para obtener una audiencia pueden alcanzar los cinco meses.

Su planteo es que el problema requiere mejorar los recursos y la gestión de la Justicia, antes que reducir las garantías procesales de quienes enfrentan una demanda de desalojo.

Votación en general

votacion general

Enlace para ver el detalle de votación: https://votaciones.hcdn.gob.ar/votacion/6019.html